La Asociación Enel Cuore es una organización sin ánimo de lucro de utilidad social (Onlus) creada con el objetivo de recolectar y distribuir fondos para la realización de iniciativas benéficas, consiguiendo el máximo beneficio para la colectividad. Una base necesaria para desempeñar dicha actividad por parte de Enel Cuore Onlus es la mejor gestión de los recursos económicos que evidentemente tienen un límite en el presupuesto establecido anualmente. De hecho, se ha establecido que la distribución de los recursos siga un proceso cuidadoso y transparente a la hora de seleccionar las iniciativas a apoyar. Las directrices que Enel Cuore Onlus seguirá para que la actividad de concesión de fondos sea más eficaz son:
- análisis preliminar de las necesidades de la sociedad civil;
- máxima atención a las personas y contextos sociales y medioambientales;
- completa transparencia en la actividad de concesión de fondos;
- control del proceso de concesión de fondos y de los resultados obtenidos.
El procedimiento de selección de una iniciativa (proyecto/actividad específica) se desarrolla a través de dos fases sucesivas y estructuradas de manera que hay que superar la primera para acceder a la segunda.
Rellenar y enviar la 'ficha de presentación de iniciativas'
Una iniciativa (proyecto/actividad específica) se considera admisible si:
a. la ficha de presentación se ha rellenado de manera correcta y completa;
b. la iniciativa es coherente con los objetivos estatutarios de Enel Cuore Onlus;
c. las informaciones proporcionadas permiten calificar al proponente como sujeto sólido y fiable;
d. el proponente está dispuesto a someterse al proceso de profundización;
e. el proponente no se encuentra en ninguno de los casos de exclusión taxativamente establecidos por Enel Cuore Onlus.
Proceso de profundización
I. Evaluación de los sujetos proponentes, y, en concreto:
si el proponente es un particular, se podrá solicitar:
1. El certificado de penales;
2. El certificado antimafia;
3. La última declaración de la renta.
Si el proponente es una organización, se podrá requerir:
1. para el representante legal, los mismos elementos requeridos a los particulares;
2. el estatuto/acto constitutivo;
3. la indicación de los ingresos de actividades institucionales y de recolección de fondos;
4. la indicación de los costes sostenidos para actividades de solidaridad social;
5. la indicación de los costes sostenidos para actividades de gestión;
6. información sobre la composición de los órganos sociales;
7. información sobre proyectos realizados en el pasado;
8. lista detallada de los financiadores de los proyectos realizados en el pasado.
Asimismo, tanto en el caso de que el proponente sea un particular o una organización, Enel Cuore Onlus podrá solicitar información adicional con el fin de comprobar que el proponente no se encuentra en alguno de los casos de exclusión.
Dichas profundizaciones las podrá realizar Enel Cuore Onlus directamente o a través de sus certificadores y/o revisores oficiales de cuentas.
II. Evaluación de las iniciativas propuestas según los siguientes criterios:
1. necesidad;
2. urgencia;
3. gravedad;
4. singularidad/excepcionalidad del problema sobre el que se propone intervenir;
5. capacidad de alcanzar los objetivos propuestos;
6. incidencia en sectores con escasa asistencia, entre otros, desde el punto de vista económico y territorial;
7. posibilidad de acceder a otras formas de financiación.
En cualquier caso, Enel Cuore Onlus deliberará proceder o no a la concesión de fondos no sólo sobre la base de la respuesta puntual de las iniciativas a los criterios antes mencionados, sino también en función de una evaluación más general del impacto social total de las iniciativas en cuestión.
Una vez concluidas positivamente las dos fases de selección, Enel Cuore Onlus procederá a la concesión de fondos a través de las modalidades descritas en los impresos adjuntos.